Los autónomos con discapacidad sólo tenemos una reducción durante cinco años en la Seguridad Social. ¿Se puede hacer algo?

Por tener discapacidad tenemos una reducción en la Seguridad Social, pero al ser autónomo sólo es por cinco años. ¿Se puede hacer algo, o dejamos de ser enfermos al pasar ese tiempo?, ¿se puede cambiar esto?

ACCU Responde

La Ley 43/2006 mejoró la bonificación en la cotización de cuotas a la Seguridad Social para las personas que se den de alta, pasando la bonificación de 3 años (como se establecía en la Ley 45/2002) a los 5 años desde el alta en el RETA.
Se trata de una opción del legislador; en el Congreso se presentaron enmiendas para que la bonificación fuera por todo el tiempo que se estuviera de alta en el RETA pero no obtuvo el apoyo necesario.

Resulta curioso que la contratación indefinida de trabajadores por cuenta ajena con discapacidad esté bonificada durante toda la vigencia del contrato. Así un discapacitado se puede dar de alta en el RETA y su bonificación de cuotas será sólo durante 5 años pero para los trabajadores discapacitados por cuenta ajena que ese autónomo contrate, la bonificación es durante la vigencia de todo el contrato.

Categoria:
Legal
,
Laboral
,
Discapacidad

0 comentarios de otros usuarios

Publicar un comentario

Normas de funcionamiento

Aviso legal | Política de cookies | Contacto | Todos los derechos reservados © ACCU España 2024